lunes, 27 de abril de 2015

Como Vemos La Inclusión En La Sentencia T 565/13 De La Corte Constitucional




Con el caso de la sentencia, la institución educativa si le  vulneró el derecho a la educación a José y al desarrollo de la libre personalidad por no seguir los  conductos regulares, posiblemente en esta institución los educando no están enseñando con aprendizajes triunfantes para enfrentarse a la realidad, además se está fomentado la exclusión y por lo tanto están violando los derechos a una educación adecuada, pues la educación debe ser igual para todos sin exclusión alguna, por esta razón debemos reflexionar y hacer que tanto los educadores como los educandos sean tolerantes y sean formadores de valores éticos y democráticos para no permitir dar espacio a la exclusión educativa que afecta a los niños y jóvenes de nuestro país.  

A José no se le debió  violar el derecho a la educación por su condición de género, ya que debemos ver y analizar qué  el mundo cada día esta evolucionar y por lo tanto se debe respetar el derecho al libre desarrollo de la personalidad sin discriminar a los individuos de sexualidad diversa.

No hay comentarios:

Publicar un comentario